El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal que grava el valor del suelo y de los inmuebles de naturaleza urbana, rústica o de carácter especial. Se paga anualmente y su gestión se reparte entre el ministerio de Economía, responsable de la gestión catastral, y el ayuntamiento correspondiente, encargado de la gestión tributaria.
Es un impuesto obligatorio para los propietarios de un inmueble, y una de las principales fuentes de ingresos de las administraciones locales. Con él se financian: la recogida de basuras, el alumbrado, el mantenimiento de parques y jardines, la seguridad ciudadana o la educación.
Según la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el IBI debe pagarlo la persona propietaria del inmueble a día 1 de enero del año en curso. Así, si una propiedad se vende en agosto de este año, el IBI de 2024 debe pagarlo parte vendedora.
Sin embargo, siempre se puede negociar con el comprador la parte proporcional a pagar. Por ejemplo, si la vivienda se compra a mitad de año, el vendedor podría pactar con el comprador la mitad del pago, pues éste habría disfrutado de la vivienda durante la mitad del periodo.
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